18 - 04 - 2024

    Comisión Europea descarta el ‘instrumento financiero’ para asegurar el reciclaje sostenible de los buques

    La Comisión Europea ha publicado recientemente un informe en el que descarta por el momento la utilización de un instrumento financiero para asegurar el reciclaje sostenible de los buques abanderados en países de la Unión Europea.

    Según se recoge en dicho informe: “el asunto necesita un análisis en profundidad” y concluye que “las medidas adicionales sobre este instrumento financiero se deberán revisar más adelante”.

    La posibilidad de establecer en la UE una licencia sujeta a una tasa, cuya recaudación se utilizaría para promover el reciclaje sostenible de buques, ha sido sugerida por varios miembros del Parlamento Europeo y se incluía en un estudio de 2016 de la Universidad de Rotterdam.

    Para la obtención de esta licencia, todos los buques que escalasen en puertos de la UE se verían obligados a pagar una tasa que se utilizaría para compensar la diferencia de costes de reciclaje que tienen las instalaciones de desguace incluidas en la lista blanca de la UE respecto de las que no cumplen las normas medioambientales y laborales

    De este modo se pretendía garantizar que al menos los buques abanderados en la UE fueran desguazados de manera sostenible, evitando las malas prácticas medioambientales y laborales que se aplican en algunas instalaciones de reciclaje del subcontinente indio.

    Varias organizaciones internacionales de navieros como ECSA, ASA o la Cámara Naviera Internacional mostraron su preocupación, por considerar que esta posible norma unilateral europea afectaría de manera negativa a los esfuerzos para ratificar el Convenio de Hong Kong de la OMI sobre reciclaje sostenible, que hasta ahora ha sido ratificado únicamente por 6 países, de ellos solo 3 de la UE.

    Dichas asociaciones, también argumentaron que era incompatible a nivel legal con el convenio internacional sobre la ley del mar (UNCLOS), las reglas de la Organización Mundial del Comercio y el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas recogido en el protocolo de Kyoto.

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