28 - 03 - 2024

    La DGT limitará la velocidad máxima de camiones a 70km/h en carreteras convencionales

    La DGT ha mostrado su intención de limitar la velocidad máxima de vehículos industriales y comerciales ligeros a 70 km/h en carreteras convencionales frente a los 80 km/h de la norma actual. Esta decisión, con la que se tomarán otras medidas complementarias, está en pleno trámite mediante un proyecto de modificación del actual Reglamento General de Circulación.

    Otra de las medidas que plantea la DGT es la supresión de la actual exención de usar el cinturón de seguridad tanto a los profesionales del sector del taxi como a los repartidores de transporte de mercancías en vehículos ligeros para facilitar sus labores de carga y descargas, en ámbitos urbanos.

    Esta modificación se traduciría en lo siguiente: La velocidad máxima permitida para camiones y furgonetas en carreteras convencionales se limitará a 70 km/h, frente a los 80 km/h permitidos actualmente. Esta limitación de velocidad afectará gravemente a la actividad desarrollada por dicha categoría de vehículos, teniendo en cuenta que para otras categorías de vehículos de transporte se autoriza una velocidad superior (para autobuses 80 km/hora, y para autocaravanas de hasta 3.500 kgs 90 km/hora, entre otros).

    En cuanto a los transportes especiales se establece una regulación detallada de los vehículos especiales y de los vehículos en régimen de transporte especial, es decir, de los que superan las masas o dimensiones máximas permitidas debido a la carga indivisible que transportan.

    Para Fenadismer, “dicha limitación de velocidad afectará gravemente a la actividad desarrollada por dicha categoría de vehículos, teniendo en cuenta que para otras categorías de vehículos de transporte se autoriza una velocidad superior (para autobuses 80 km/hora, y para autocaravanas de hasta 3.500 kgs 90 km/hora, entre otros)”.

    Otro nuevo planteamiento de la DGT alude al establecimiento de la obligatoriedad en el uso del cinturón de seguridad para los repartidores de transporte de mercancías de vehículos ligeros así como para los profesionales del sector del taxi.

    Fuera del ámbito del transporte de mercancías se pretende permitir que los turismos puedan circular por algunas autopistas a 130 km/h al tiempo que se reduce la velocidad máxima permitida tanto en las vías urbanas como en las carreteras convencionales, al ser en este tipo de vías donde tiene lugar tres cuartas partes de los accidentes con víctimas.

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