19 - 04 - 2024

    Fenadismer considera desproporcionadas algunas medidas de la ley de Tráfico

    camiones

    La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España, Fenadismer, ha sido crítica con algunas de las nuevas medidas sancionadoras que se han introducido en la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Via. Fenadismer considera que algunas de las reformas referidas a la actividad del transporte profesional, pese a no tener repercusión grave sobre la seguridad vial, son tratadas de forma muy negativa y desproporcionada respecto a la incidencia real que tales actuaciones puedan conllevar.

    Por ejemplo, una de las medidas “polémicas” es la sanción como infracción muy grave en caso de incumplimiento por parte del transportista de cualesquiera de las condiciones recogidas en la autorización administrativa que habilita para su circulación.

    Fenadismer considera esta sanción “absolutamente desproporcionada” ya que se califica al mismo nivel dicha infracción que la consistente en conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, la conducción temeraria o en sentido contrario, entre otras, pese a que la incidencia para la seguridad vial en el caso del incumplimiento de alguna de las condiciones de la autorización puede ser mínima o inexistente.

    La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España tampoco ve con buenos ojos que se sancione como infracción muy grave el incumplimiento de las condiciones de la autorización causando daños a la vía o alteraciones a la circulación debido a la masa o dimensiones del vehículo.

    Según Fenadismer, dicha infracción podría vulnerar el principio de responsabilidad en materia sancionadora, por cuanto la caída de la mercancía a la vía puede ser debida a causas ajenas a la voluntad del transportista (pavimento en mal estado, colisión con otro vehículo que provoca el vuelco de la mercancía, rotura de uno de los elementos de fijación, etc.), teniendo además en cuenta que en determinadas especialidades del transporte, el transportista no está presente durante las labores de carga y estiba de la mercancía.

    También está considerada como discriminatoria por parte de Fenadismer la medida que permite inmovilizar el vehículo en carretera en el caso de que el conductor carezca del permiso de conducir C (camión) o D (autobús), sin que la ley especifique si tal medida sólo se aplicaría en el caso de que el permiso no se poseyera o hubiera sido objeto de anulación, o también cuando se encuentre caducado o pendiente de canje. Fenadismer denuncia que la medida no se plantee para el resto de categorías de vehículos, sino exclusivamente al transporte profesional.

    La reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial fue aprobada por el Senado a finales de marzo, pese a que el Partido Popular tuvo que eliminar la propuesta que ya había sido aprobada por la Comisión de Interior del Senado de impartir cursos para que los conductores pudieran recuperar los puntos del carné perdidos.

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