16 - 04 - 2024

    Seguro de impago de alquiler: ventajas frente al aval bancario

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    El seguro de impago de alquiler está convirtiéndose, en la actualidad, en una de las opciones más valoradas por parte de los propietarios a la hora de alquilar un inmueble. Y es que, parece que este tipo de seguro está teniendo éxito frente al tradicional aval bancario, como medio para proteger al arrendador ante los posibles casos de morosidad.

    En el caso de los avales bancarios, una entidad financiera responde por el inquilino en caso de que éste no efectúe el pago del alquiler. Así, es el banco el que se hace cargo de las obligaciones financieras del avalado y es, por tanto, el inquilino, el que tiene que efectuar las gestiones pertinentes con la entidad. En el caso del seguro de impago de alquiler, es el propietario quien lo contrata con la compañía aseguradora que, a partir de ese momento, será la encargada de que el arrendador tenga garantizado el pago del alquiler.

    Para poder ser avalado por una entidad financiera, es recurrente que ésta solicite varias mensualidades del alquiler al arrendatario. Esto puede generar impedimentos a la hora de alquilar un inmueble, ya que son muchos los inquilinos que son solventes y tienen capacidad económica para realizar sus pagos mensuales, pero no para adelantar varias mensualidades de una sola vez. Es por ello que los seguros de impago de alquiler se presentan como una buena opción para muchos arrendadores, ya que no implican al inquilino en su gestión y aseguran al propietario que recibirá sus pagos.

    Otra de las razones por las que se elige contratar un seguro de impago de alquiler es la protección que ofrece al propietario, no solo garantizando el cobro de las mensualidades, también incluyendo más coberturas. Por lo general, este tipo de seguros cubren también desperfectos y daños ocasionados por actos vandálicos en el inmueble por parte del inquilino, así como posibles gastos de asistencia jurídica ante casos de morosidad. Por el contrario, el aval bancario no contempla esas opciones y solo se responsabiliza de los pagos del alquiler por parte del arrendatario.

    No obstante, los propietarios que deciden optar por contratar un seguro de impago de alquiler frente a la opción del aval bancario, deben informarse de qué tipo de opciones les proporciona la compañía aseguradora y aclarar qué cubrirá y qué no cubrirá el tipo de póliza que tienen intención de adquirir, valorando qué puntos son los que más pueden interesarle en su caso concreto.

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