Francisco Sánchez-Gamborino, presidente del Grupo “Seguro de Transporte” en la Asociación Internacional de Derecho de Seguros – Sección española (SEAIDA), explicó el seguro y su necesidad en el caso de robos de mercancías en carretera durante la jornada organizada por la Fundación Francisco Corell el pasado 3 de marzo en la CEOE.
Según Sánchez-Gamborino, el transportista responde a lo especificado en el contrato de transporte, por lo que no influye en el régimen de responsabilidades del transportista la existencia o no de seguro, aunque el cobro del seguro dependerá de la existencia o no del seguro.
Además, el ponente aclaró que “todo delito, en principio, tiene una denuncia y un proceso penal”, por lo que puede haber una reserva de acciones civiles por la que se reserva las acciones civiles para un proceso judicial posterior.
Sin embargo, Francisco Sánchez-Gamborino explicó que era una aberración que el asegurado pretendiera exigir al transportista que indemnice al cargador antes de pagarle al transportista para, una vez pagado el transportista al cargador, no pagar al transportista alegando que con esta indemnización el transportista reconoce que ha incurrido en culpa equivalente a dolo o intención. “Esto supondría no pagar nunca”, afirmó el ponente.
La Fundación Francisco Corell organizó una jornada sobre el seguro de transporte de mercancías por carretera que finalizó con éxito el pasado 3 de marzo en la sede de la CEOE de Madrid.
Deje un comentario