Las enmiendas al código de regulación 4.3 de la convención de trabajo marítimo 2006 (MLC) tituladas “Protección de salud y seguridad y prevención de accidentes” obliga a los gobiernos cubrir temas de acoso y bullying con leyes y regulaciones para la administración de seguridad y salud ocupacional a bordo de naves que lleven su bandera.
El mismo texto plantea una guía que recoge ejemplos de cómo reconocer los casos y actuar para evitarlos.
La firma de gestión de riesgos GARD aseguró en un artículo difundido por el portal Mundo Marítimo que la enmienda busca servir como referencia a la hora de establecer políticas internas en las compañías respecto de identificar situaciones de acoso y cómo proceder al respecto, incluyendo el acoso cibernético.
“En el ambiente de trabajo es fundamental prevenir comportamiento ofensivo o dañino entre colegas, pero aún más en el mar. Los trabajadores marítimos se enfrentan a situaciones que los diferencian de otras profesiones, como largas jornadas de trabajo, labor física demandante, tareas potencialmente peligrosas y altos niveles de fatiga y estrés; además de ser descrita como una forma de vida solitaria”, describe el artículo.
A pesar de la importancia de la convivencia en el mar, hay poca información estadística sobre acoso y bullying en ese ámbito. En 2010 fue realizada una encuesta por Nautilus International, y arrojó que 79% de los encuestados reconoció haber sufrido situaciones de acoso en el trabajo, y menos de la mitad sintió que existían las condiciones adecuadas para reportarlo.