La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha aclarado la prohibición de que los pasajeros facturen las maletas en la bodega del avión con aparatos electrónicos como teléfonos móviles, tabletas y ordenadores personales por causa de las baterías de litio.
La aclaración del organismo ha llegado después de que la Organización de Aviación civil Internacional (ICAO) anunciase que las aeronaves comerciales no podrían transportar baterías de litio en las bodegas por el riesgo de incendio.
La confusión se ha generado tras la publicación de un comunicado de la ICAO en el que se prohibía expresamente transportar cargamentos de baterías de litio en la bodega de los aviones sin especificar que las baterías de los dispositivos personales no se consideran ‘un cargamento’.
Por lo tanto, AESA ha aclarado que los pasajeros sí podrán facturar tabletas, ordenadores, cámaras o cualquier otro tipo de dispositivo que lleve incorporada una batería de litio. La prohibición se refiere a un cargamento de baterías y no al equipaje facturado de los pasajeros.
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