El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en Ceuta y Melilla.
Se abarata así el coste efectivo del transporte de mercancías entre Ceuta y Melilla, entre ambas y la Península, así como el que se lleva a cabo con otros territorios miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo. Se suman, además, a las que ya están en vigor para Canarias y Baleares.
La normativa aprobada hoy establece una compensación del 50% a los costes de transporte de las siguientes mercancías:
Productos originarios o transformados en Ceuta o en Melilla.Productos originarios de la Unión Europea que se consideren “inputs” para la producción o transformación de los recogidos en el punto anterior, y no se fabriquen en Ceuta o en Melilla.Devolución de aquellos stocks de mercancías provenientes de pymes comerciales de Ceuta o de Melilla, sujetas al régimen de venta al por menor, de aquellas mercancías importadas antes del plazo de un año desde la fecha de devolución.
Asimismo, se compensará el 50% del flete marítimo o aéreo de mercancías peligrosas con origen o destino Ceuta y Melilla y de residuos originarios de las ciudades autónomas, para ser procesados o reciclados en la Península por no poder realizarse estas operaciones en estas ciudades autónomas.
La convocatoria de las ayudas se aprobará anualmente mediante resolución de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de Mitma y serán las Delegaciones del Gobierno en Ceuta y Melilla las encargadas de la instrucción, resolución y notificación de las ayudas.
Finalmente, mediante este Real Decreto se han introducido modificaciones al Real Decreto 1034/1999, de 18 de junio, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías, con origen o destino en las Illes Baleares, para incluir el aumento del porcentaje de compensación al transporte de mercancías peligrosas esenciales desde Baleares a la Península al 100% (desde el 65% actual).
Asimismo, se incluye dentro de las mercancías cuyo transporte es objeto de subvención (con un porcentaje del 60% del flete), al transporte interinsular marítimo o aéreo de residuos originarios de las Islas Baleares, en los casos en que no existan plantas para ser procesados o reciclados en la isla donde se han generado.
Este Real Decreto cumple con el principio constitucional de solidaridad interterritorial y da respuesta, por primera vez en este ámbito, a los condicionantes estructurales que afectan a Ceuta y Melilla, entre los que se encuentran la escasez de superficie y recursos básicos, el aislamiento de la península o la situación fronteriza, que pueden dificultar el desarrollo de la actividad económica, el tejido productivo local y, por ende, la calidad de vida de los ciudadanos.