27 - 03 - 2024

    Titular de vía podría responsabilizarse de accidentes contra animales de caza

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    Si un particular sufre un accidente vial por chocar contra un animal de caza que estaba en la carretera, solo será responsable de los daños el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno, cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor que haya tenido lugar el mismo día o que haya finalizado doce horas antes del accidente.

    También podrá ser responsable el titular de la vía, pero solo si no ha reparado el cerramiento o si no dispone de señalización específica de animales suelto en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los animales.

    Sin embargo, hay que tener en cuenta de que, en ocasiones, hay una exclusión en la póliza de seguros de auto por la que la compañía se exime de responsabilidad frente al asegurado en caso de que los daños los haya producido bajo la influencia de alcohol o drogas.

    No obstante, esto no quiere decir que la compañía se exima frente al lesionado o perjudicado ya que la compañía le indemnizará y luego reclamará esa cantidad a su propio asegurado.

    Hay que tener en cuenta que los vehículos con una antigüedad superior a los 11 años causaron 4 de cada 10 accidentes de tráfico. Concretamente, 28.000 vehículos de este tipo estuvieron implicados en los cerca de 71.000 siniestros con víctimas registrados en las carreteras españolas, según un estudio realizado por Segurojoven.com en verano de 2015.

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