29 - 03 - 2024

    Patinetes eléctricos, con carné específico y prohibidos en carreteras

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    Si hace apenas unos días comentábamos que la Dirección General de Tráfico –DGT– podía llegar a prohibir algunos modelos de patinetes eléctricos, ahora los primeros bocetos de las normativas que regirán estos vehículos de movilidad personal, dejan ver que será necesario utilizar un carné específico, como que sus conductores ya no podrán desplazarse por las carreteras.

    Por lo que se sabe, no sólo la DGT prohibirá circular por carretera a los patinetes eléctricos y demás vehículos de movilidad personal, sino que además se espera que se establezcan normas concretas de circulación para los mismos, sobre todo luego de producirse la primera muerte a bordo de un patinete eléctrico en España.

    A tales efectos, se prevé que se exigirá a toda persona que quiera desplazarse a bordo de patinetes eléctricos, segways, minisegways, monociclos eléctricos, hoverboards, hoverkarts o monopatines, un certificado para la circulación que diferirá de los que ya se utilizan, tanto para coches como para motocicletas.

    A su vez, se determinará una velocidad máxima de 25km/h para esta clase de vehículos, una medida que junto con las anteriores podrían comenzar a regir antes de llegar a mediados de este 2019, cuando se incluyan en un Real Decreto de normativas urbanas de tráfico.

    Este Real Decreto modificaría lo que indica el art. 38 del Reglamento General de Circulación, con la principal intención de que los diferentes tipos de vehículos de movilidad personal no puedan circular por vías interurbanas.

    ¿Te mueves a bordo de alguno de estos vehículos? ¿Qué te parece este tipo de medidas?

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